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Estas son las 3 principales cosas del comité de administración que probablemente no sabías

¿Vives en una comunidad? De seguro entonces has oído hablar de los famosos “Comité de Administración”. Pues bien, seguramente habrás oído de que hay decisiones que el “administrador no puede” tomar solo, debe consultarlas con el comité o en su defecto, con el presidente. ¿Te suena popular esto?

Mucha gente que vive en edificios, condominios, villas o donde haya un conjunto de personas que conformen una comunidad, se mantiene ajena a las cosas que ocurren al interior. Hay gente que trabaja todo el día y es entendible; no quieren “perder el tiempo” en situaciones, juntas, reuniones y asambleas que no forman parte de su interés. Sin embargo, aquí te traemos un listado 3 aspectos fundamentales que desarrollan los comités de administración. Ojo, no siempre todos los copropietarios saben esto.

Cabe destacar que este organismo está compuesto por un presidente donde los demás miembros, juegan también un papel fundamental, sobre todo a la hora de efectuar los votos para decisiones urgentes y de altísima importancia. Generalmente, los comités de administración están compuestos por 3 personas o más. Siempre es aconsejable que el número final de integrantes siempre sea un número impar. ¿Por qué motivo? Simple. Porque de esa manera se puede desempatar y las decisiones tendrán una mayoría en todo momento.

Presta atención, estas son las 5 cosas que debes saber si es que vives en comunidad y que relaciona a los comités de administración:

El comité de administración queda constituido en la primera asamblea ordinaria de copropietarios.

Tal cual lo dice el título. Al momento de efectuarse la celebración de la I asamblea de copropietarios de una comunidad, es donde debe quedar definido el comité entre quienes estén presentes en dicho evento. Se debe dejar definido quien presidirá el comité para lo que vaya produciéndose en el futuro.

Son la ley dentro de la comunidad.

Quizá suene dictatorial pero en la practica es así. Esto está establecido en la ley de copropiedad. También son los que redactan el reglamento interno de la comunidad. Sin embargo, hay asambleas ordinarias y extraordinarias donde si tú eres copropietario debidamente habilitado, vale decir, que si tu tienes al día el pago de tus gastos comunes puedes participar de todas las asambleas y en su defecto influir para que la toma de decisiones sea lo más democrática posible. Ellos también son los que están facultados para autorizar los cortes del suministro eléctrico en caso de más de 3 meses de morosidad en los gastos comunes. El administrador solo procede a efectuarlos.

Son el jefe de los Administradores.

Muchos desconocen esto, pero la mayor parte de las decisiones deben pasar por la aprobación unánime del comité de administración. El administrador de edificios por si solo no puede tomar decisiones tan complejas. Además recordemos que en cualquier momento es posible despedir al administrador a través de una asamblea donde se llegue al acuerdo. El comité es quien decidirá quien será el nuevo prestador de servicios.

Sin perjuicio de esto, el comité de administración cumple un rol fundamental en los quehaceres de la comunidad. Debe firmar los cheques del personal, tiene la responsabilidad de los planes de seguridad, evacuación y emergencias. Son muchas las responsabilidades asociadas a este cargo. Por lo tanto, te encomiamos a que apoyes a tu comité y te asesores con ellos en cómo puedes colaborar por el bienestar de todos los que viven en la comunidad o inclusive si tienes problemas de convivencia con algún vecino u otro problema. Es importante priorizar la comunicación con ellos.

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